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Contratistas deberán verificar si se clasifican como empleados: DIAN (9:00 a.m.)

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03 de Enero de 2014

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Al precisar los alcances del Decreto 3032, la DIAN llamó la atención de los contribuyentes, especialmente de aquellas personas naturales trabajadores independientes o contratistas, quienes deben verificar si para el año 2014 serán considerados como empleados en materia tributaria. Recordó que la norma establece las condiciones que se deben cumplir para ser considerados dentro de la categoría de empleados. Con lo anterior, si un contribuyente entra en esta clasificación, deberá aplicársele el régimen de retención en la fuente como a un empleado, y tendrá las mismas deducciones que este en la declaración de impuesto de renta y complementarios. Así, en 2014, todas las personas deberán tener en cuenta para la declaración de renta los siguientes aspectos: su patrimonio bruto al último día del año gravable 2013, ingresos brutos, consumos mediante tarjeta de crédito, el valor total de compras y consumos, el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos a inversiones financieras y si prestó servicios personales mediante el ejercicio de profesiones liberales o servicios técnicos. Según la DIAN, esta nueva clasificación permite retener lo apropiado al contribuyente, de tal manera que este anticipo sea más acorde con su declaración del impuesto de renta y complementarios. Además, aquellos contribuyentes que pertenezcan a la categoría de empleados podrán deducir el 25 % de renta exenta. Finalmente, agrega que esta medida también busca disminuir la evasión del impuesto a la renta.

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