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18 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 1 minuto | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Corte pide rigor con el proceso legislativo, cae sobretasa de renta a los bancos

30 de Octubre de 2019

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La Corte Constitucional resolvió una nueva demanda en contra de la Ley 1943 del 2018 (Ley de Financiamiento), sobre la tarifa general del impuesto de renta para personas jurídicas (artículo 80, parcial), puntualmente una sobretasa para los bancos.

 

Textualmente se demandaba el deber de “las entidades financieras con renta gravable igual o superior a 120.000 UVT a liquidar unos puntos adicionales al impuesto de renta durante los periodos gravables 2019, 2020, 2021”.

 

Como se recordará, el alto tribunal declaró inexequible (seis votos contra tres) la reforma tributaria del presidente Iván Duque, con efectos diferidos. La corporación concluyó que en el proceso legislativo se violó el principio de consecutividad, en conexión con el de publicidad.

 

En esta ocasión también se trata de un asunto de trámite, pues la Sala Plena determinó que el artículo 80 no contó con el aval del Gobierno, exigido por el artículo 154 de la Constitución Política.

 

Se pudo comprobar que fue incluido por un congresista en segundo debate, configurando así un vicio de forma y por eso fue declarada inexequible la disposición. (Lea: Esto dice la nueva reforma tributaria radicada ante el Congreso)

 

Justamente, hace una semana, el Gobierno, en cabeza del ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, radicó en la Secretaría General de la Cámara de Representantes el proyecto de ley que pretende dar continuidad a las medidas introducidas por la mencionada Ley de Financiamiento, dentro de las cuales está la mencionada sobretasa.

 

El primer debate a este articulado se surtirá en sesiones conjuntas de las comisiones económicas de ambas cámaras, pues fue presentado con mensaje de urgencia. Es importante aclarar que este texto consta de 110 artículos, 12 menos que los incluidos en la Ley 1943 .

 

 

Vale la pena precisar que el alto tribunal continuará pronunciándose de fondo respecto a 17 demandas en contra de esta norma tributaria, pues se encuentra vigente hasta el próximo 31 de diciembre. (Lea: Razones de fondo de la inexequiblilidad de la Ley de Financiamiento)

 

También es oportuno agregar que la Corte  respaldó hace unos días el artículo 66 (régimen Simple de tributación), que fija un modelo de tributación opcional que integra el impuesto de industria y comercio con el de consumo.

 

Por otro lado, los cargos de inconstitucionalidad propuestos en una demanda contra la norma que establece una exención de IVA (artículo 11) no cumplieron las exigencias establecidas por la jurisprudencia constitucional para realizar un examen de fondo y emitir un pronunciamiento de mérito.

 

El autor del artículo rechazó la decisión de la Corte e insiste en la sobretasa

 

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