Conozca los presupuestos de causalidad, necesidad y proporcionalidad en materia tributaria (11:47 a.m.)
17 de Septiembre de 2018
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Nota:
110124
La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que las deducciones en materia fiscal exigen el cumplimiento de presupuestos esenciales como la causalidad, necesidad y proporcionalidad. Así, la causalidad es el vínculo que guardan los gastos realizados con la actividad productora de renta, de manera que para que un gasto sea deducible debe corresponder a las expensas normalmente acostumbradas dentro de una determinada actividad económica, ya que son el antecedente necesario para producir el ingreso que se genera en desarrollo de dicha actividad. Por su parte, el requisito de necesidad del gasto debe establecerse en relación con el ingreso y no con la actividad que lo genera, pues basta con que sea susceptible de generarlo o de ayudar a generarlo. Por último, el presupuesto de la proporcionalidad exige que la expensa guarde una proporción razonable con el ingreso, debido a que la erogación tiene un límite máximo que está medido por la relación que existe entre la magnitud del gasto y el beneficio que pueda guardarse (C. P. Milton Chaves García).
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