Conozca la posición de la Procuraduría sobre la Ley de Financiamiento (9:49 a.m.)
14 de Mayo de 2019
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Nota:
111911
La Corte Constitucional admitió una demanda contra varios apartes del artículo 66 de la Ley de Financiamiento (Ley 1943 del 2018), que explica específicamente el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (Simple) para la formalización y la generación de empleo. Al respecto, la Procuraduría General de la Nación le solicitó a este alto tribunal estarse a lo resuelto en la demanda D-13062 o, subsidiariamente, declararse inhibida para conocer de fondo la demanda contra el artículo 66 en relación con los apartes de los artículos 903, 904, 907, 908, 909, 912 y 916 del Estatuto Tributario (E. T.), por ineptitud sustantiva de la demanda. De igual forma, solicitó declarar exequible el artículo 66 de la Ley 1943 frente a los apartes atacados de los artículos 903, 904, 907, 908, 909, 910, 912, 913 y 916 del E. T., pero únicamente en relación con los cargos por violación de la autonomía territorial para administrar sus propios recursos, en lo que tiene que ver con el recaudo y la fiscalización sobre el impuesto de industria y comercio consolidado, propiedad de los municipios y distritos. A juicio del Ministerio Público, la creación del impuesto unificado para ser pagado bajo el régimen Simple de tributación no compromete la autonomía territorial. Conozca otros argumentos y los apartes demandados en el documento adjunto.
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