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Confirman nulidad del procedimiento sancionatorio aplicable al monopolio de licores del departamento del Atlántico (9:48 a.m.)

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13 de Enero de 2020

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La Sección Cuarta del Consejo de Estado confirmó la nulidad declarada sobre los artículos 71 de la Ordenanza 041 del 2002, proferida por la Asamblea Departamental del Atlántico, y del Decreto Ordenanzal 823 del 2003, expedido por el gobernador de ese mismo departamento, en los que se estableció el procedimiento sancionatorio aplicable al ejercicio del monopolio de licores en ese territorio. Según la corporación, los departamentos y municipios deben aplicar los procedimientos del Estatuto Tributario nacional en materia de administración, determinación, discusión, cobro, devoluciones y régimen sancionatorio, incluida su imposición a los impuestos que administran, así como a los procedimientos administrativos de cobro a las multas, derechos y demás recursos territoriales (C. P. Stella Jeannette Carvajal).

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