¿Cómo se definen los costos recuperables de la contribución especial de la Superservicios? (11:46 a.m.)
15 de Marzo de 2019
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Nota:
110761
La Sección Cuarta del Consejo de Estado explicó que para definir los costos recuperables de la contribución especial a cargo de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la norma prevé que el cálculo: (i) no podrá ser superior al 1 % de los gastos de funcionamiento asociados al servicio sometido a regulación, (ii) del año inmediatamente anterior objeto de cobro y (iii) los gastos de funcionamiento se tomarán de los estados financieros puestos a disposición de la entidad. Consulte en la sentencia relacionada el plan de contabilidad para prestadores de servicios públicos de la Resolución 20051300033635 del 2005 y las demás normas estudiadas por la Sección (C. P. Stella Jeannette Carvajal).
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