Restituyen arancel del 5 % a ocho subpartidas arancelarias (3:10 p.m.)
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18 de Junio de 2015
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Previa recomendación del Comité de asuntos aduaneros, arancelarios y de comercio exterior, el Gobierno excluyó del Decreto 1755 del 2013 las subpartidas arancelarias 2836.30.00.00, 7209.27.00.90, 8422 .30.90.20, 8422.40.10.00, 8434.20.00.00, 8435.10.00.00, 8441 .80.00.00 Y 8546.90.90.00. Así mismo, les restituye el arancel del 5 % contemplado en el Decreto 4927 del 2011, dado que presentan registros de producción nacional con posterioridad a la expedición del mencionado decreto. Esta norma entrará en vigencia 15 días calendarios después de su publicación en Diario Oficial.
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