Regulan administración del contingente de exportaciones de cuero y pieles en bruto y en estado húmedo en azul (3:12 p.m.)
03 de Mayo de 2016
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Nota:
106824
Ante las medidas transitorias para exportaciones de cuero y pieles en bruto y en estado húmedo en azul, la Dirección de Comercio Exterior informó que se encargará de administrar el contingente de exportaciones establecido por el Decreto 0586 del 2016. En la asignación del cupo, indicó que el 70 % del mismo se asignará a los exportadores tradicionales y el 30 % restante para los nuevos. La asignación para los tradicionales se hará por prorrateo tomando el comportamiento del promedio histórico de las exportaciones de cueros y pieles en bruto y cuero en estado húmedo en azul (wet blue) en los últimos tres años, y para los nuevos se efectuará por prorrateo de las solicitudes presentadas por cada subpartida arancelaria. Los exportadores interesados en obtener un cupo deberán estar registrados en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (Vuce) y disponer de una firma digital. Así mismo, regula lo pertinente a la utilización del cupo y la verificación del uso de los mismos.
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