Precisan procedimiento vigente para el decomiso directo de bebidas alcohólicas que ingresan a Maicao, Uribia y Manaure (10:00 a.m.)
19 de Julio de 2016
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Nota:
124611
El artículo 512-1 del Decreto 2685 de 1999, referente al procedimiento de decomiso directo a que hace alusión el artículo 4 del Decreto 4320 del 2008, sobre el ingreso e importación de bebidas alcohólicas a la zona de régimen aduanero especial de Maicao, Uribia y Manaure, está vigente y debe aplicarse, mientras son reglamentados los artículos 569 y 570 del Decreto 390 del 2016, de acuerdo con la aplicación escalonada prevista en el mismo. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con reciente oficio.
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