Modifican procedimiento ‘antidumping’ (3:18 p.m.)
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03 de Septiembre de 2015
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Garantizar la eficacia de la aplicación de las medidas de defensa comercial que tiene el país es el objetivo del Ministerio de Comercio, al modificar el Decreto 2550 del 2010. Para empezar, los derechos antidumping o de defensa comercial se establecerán preferiblemente por un término de cinco años. Según explicó el ministerio, anteriormente la vigencia se imponía por dos o tres años por la forma en que estaba redactada la norma en el régimen anterior. Otra de las modificaciones que trae tiene que ver con la aplicación de los mecanismos de defensa comercial sobre el margen de dumping. Se establece que estos derechos se pueden imponer por la totalidad del margen de dicha práctica. Es decir, que al precio de exportación del producto investigado, se le suma el arancel, que puede ser equivalente al 100 % de la diferencia entre los precios de venta en el mercado doméstico del país exportador y el del importador. También se fijan medidas para prevenir la elusión de los derechos antidumping. Por un lado, se impone un plazo máximo a las investigaciones que se hagan para establecer si hay o no elusión de los mecanismos de defensa impuestos, y por otro, se establece la posibilidad de exigir garantías desde el momento en que se abre la investigación por elusión.
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