Minprotección debe conceptuar sobre la exención de derechos arancelarios a medicamentos que importan las fundaciones sin ánimo de lucro (3:58 p.m.)
21 de Junio de 2011
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Nota:
74108
Están exentos de derechos arancelarios los medicamentos importados para uso exclusivo de fundaciones sin ánimo de lucro del sector salud, previo concepto favorable que, en cada caso, debe expedir el Ministerio de la Protección Social. En el documento se debe argumentar la necesidad de la importación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 255 de 1992, por el cual se hicieron algunas modificaciones al Arancel de Aduanas. Así lo señaló la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de mayo.
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