Implementan mecanismos para agilizar cumplimiento de obligaciones aduaneras por parte de extranjeros (11:44 a.m.)
18 de Junio de 2015
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Nota:
101532
Tal como está definido, todo viajero que ingrese a territorio aduanero nacional está en la obligación de presentar su equipaje a la autoridad aduanera, para lo cual se debe diligenciar y presentar una declaración de equipaje por viajero o por unidad familiar, en el formulario que prescriba la Dian. Sin embargo, solo cuando corresponda, se deben someter a revisión de los funcionarios competentes de dicha entidad los elementos que componen el equipaje, con el objeto de determinar el cumplimiento de las formalidades aduaneras y el pago de los derechos cuando haya lugar a ello. De igual manera, se entenderá por unidad familiar el grupo de personas naturales que viajen de manera conjunta y tengan entre sí vínculos de carácter civil, de consanguinidad o de afinidad, independiente de lo establecido en los artículos 207 y 208 del Decreto 2685 de 1999, para cada uno de los miembros.
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