Tributario
Gobierno reactiva el Cert para los exportadores
26 de Agosto de 2011
La tendencia revaluacionista del peso y el vencimiento de las preferencias arancelarias de EE UU, que tienen en una difícil situación a los exportadores colombianos, motivaron al Gobierno a reactivar el Certificado de Reembolso Tributario (Cert), con un nivel del 1,5%.
Según el Decreto 3045 del pasado 23 de agosto, el beneficio se aplicará a las exportaciones de los productos clasificados en 71 capítulos del Arancel de Aduanas, con algunas excepciones, embarcadas entre el 1° de enero y el 30 de abril del presente año. Sin embargo, no cobija a las exportaciones destinadas a Bolivia, Ecuador, Perú y Venezuela.
Para acceder al Cert, el empresario deberá estar a paz y salvo con el pago de los aportes parafiscales, mediante certificación suscrita por el revisor fiscal y el representante legal o, en su defecto, por contador inscrito y el representante legal.
El plazo para la presentación de las solicitudes de reconocimiento del certificado vence el próximo 31 de octubre.
Los certificados que se expidan este año caducarán el 31 de diciembre del 2012. Solo durante ese lapso podrán negociarse libremente o utilizarse para el pago de impuestos.
El Cert fue creado por la Ley 48 de 1983, como un mecanismo flexible de apoyo a las exportaciones. Según esa misma norma y la Ley 7ª de 1991, el Gobierno tiene la potestad para estimular este sector, mediante la devolución de sumas equivalentes a la totalidad o a una porción de los impuestos indirectos pagados por el exportador.
El 26 de agosto del 2002, el Gobierno suspendió el pago del certificado, por considerar que sólo favorecía a un grupo pequeño de exportadores, no fomentaba realmente la actividad y generaba un gasto innecesario para las finanzas públicas.
En el 2008, ante la crisis por la caída del dólar, el Gobierno lo reactivó temporalmente, con un nivel del 4%, para los sectores textil, confecciones, calzado, manufacturas de cuero, preparaciones alimenticias, artes gráficas y autopartes, entre otros.
(Mincomercio, D. 3045, ago. 23/11)
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