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Dominio sobre los terrenos no determina facultades de funcionamiento y desarrollo de una zona franca permanente (3:03 p.m.)

100127

28 de Enero de 2015

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La única persona responsable y facultada para tomar decisiones inherentes al funcionamiento y desarrollo de una zona franca permanente es el usuario operador debidamente reconocido en el acto administrativo mediante la cual esta se declara, de acuerdo con lo previsto en la Ley 1004 del 2005, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El título de dominio o propiedad de los terrenos no determina la facultad o autorización para ejercer las funciones mencionadas, explicó.

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