Cartera totalmente provisionada se da de baja solo cuando se pierden los derechos legales (8:31 a.m.)
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11 de Diciembre de 2014
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En reciente oficio, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública indicó cómo se da de baja la cartera totalmente provisionada, teniendo en cuenta la entrada en vigencia de las NIIF. Según la entidad, la operación procede cuando se pierden los derechos legales, es decir, cuando la cartera ha prescrito o se haya retirado la demanda, si la hay. De lo contrario, los registros de la misma deben mantenerse reconociendo en cuentas correctoras de su valor las contingencias de pérdida (provisiones) que se derivan del ajuste a su valor recuperable. De otra parte, señaló que los intereses de mora se reconocen como activos cuando estos cumplen los requisitos para ello, esto es cuando sea probable que exista un beneficio económico futuro y una medición fiable de la partida.
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