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ATENCIÓN: Conozca el calendario tributario para el 2020 (9:00 a.m.)

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24 de Diciembre de 2019

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El Ministerio de Hacienda acaba de expedir el decreto que define los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los impuestos nacionales en el 2020. Según la norma, el periodo para que los grandes contribuyentes presenten la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y cancelen el valor de la primera cuota irá desde el 11 hasta el 24 de febrero del 2020. También define lo pertinente a las fechas para la declaración anual de activos en el exterior. Así mismo, se señalan los plazos fijados para el impuesto sobre las ventas (bimestral y cuatrimestral), cuyas fechas para la declaración del bimestre enero-febrero irán del 10 al 24 de marzo. De otra parte, indica las fechas para declarar y pagar el impuesto al consumo, cuyo primer bimestre (enero-febrero) irá del 10 al 24 de marzo. La entidad fija los plazos para declarar y pagar lo referente a la retención en la fuente, impuesto nacional al carbono y otras obligaciones tributarias. En la norma, el Gobierno explica que aunque la Corte Constitucional declaró inexequible la Ley 1943 del 2018, y que dicha inexequibilidad aplica a partir del 1° de enero del próximo año, los efectos del fallo solo se producirán hacía el futuro y no afectará las situaciones jurídicas consolidadas. Por lo tanto, las disposiciones de la ley son aplicables al año gravable 2019.

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