Atacan norma sobre transición de los acuerdos no adecuados a la reforma tributaria estructural
05 de Abril de 2021
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Nota:
120735
Varios ciudadanos presentaron demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 353 de Ley 1819 del 2016 (reforma tributaria estructural), que establece la transición y precisa que los acuerdos que se adecúen a lo previsto en la ley mantendrán su vigencia, salvo aquellos que deben ser modificados, lo que deberá surtirse en un término máximo de un año. Según los accionantes, esta norma vulnera el ordenamiento, toda vez que ordena a las autoridades territoriales que modifiquen contratos de concesión suscritos con anterioridad a la expedición de la Ley 1819, con el fin de no financiar el servicio de semaforización con recursos del impuesto al alumbrado público. Adicionalmente, afirmaron que esta disposición es un obstáculo al ejercicio de la autonomía territorial de los municipios e impide el ejercicio del principio de confianza legítima y buena fe tributaria, al exigir, imponer u obligar a las entidades a que modifiquen los acuerdos de voluntades. Conozca más argumentos en el texto adjunto (Demandantes: Ángel Andres Torres Hernández y otros).
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