Así aplica el descuento de IVA en renta en el marco de los contratos de ‘leasing’
09 de Mayo de 2022
De acuerdo con lo previsto en el literal a) del artículo 429 del Estatuto Tributario, sobre momento de causación del IVA, este se causa en las ventas en la fecha de emisión de la factura o documento equivalente y, a falta de estos, en el momento de la entrega, aunque se haya pactado reserva de dominio, pacto de retroventa o condición resolutoria.
Así las cosas, precisó la Dian, en el marco de un contrato de leasing el arrendatario deberá determinar en cada caso particular el momento en el que se causa el IVA por la adquisición del bien objeto del mencionado contrato, para efectos de dar aplicación al descuento consagrado en el artículo 258-1 del Estatuto Tributario, por adquisición de activos fijos reales productivos.
Lo anterior sin perder de vista que el valor del referido descuento tributario es equivalente al valor del IVA pagado por el arrendador financiero respecto del bien objeto del contrato de leasing y que este debe ser certificado.
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