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25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 25 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Asamblea general de la copropiedad puede autorizar modificaciones sobre coeficientes de propiedad horizontal

21 de Julio de 2021

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Nota:
129562

Frente a una consulta relacionada con errores de coeficientes en propiedad horizontal, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública indicó que dichos coeficientes se calculan de acuerdo con un valor inicial que represente una ponderación objetiva entre el área privada y la destinación y características de los mismos.

 

Ahora bien, los reglamentos de propiedad horizontal deberán establecer de forma clara y precisa los criterios de ponderación para la determinación de los coeficientes de copropiedad.

 

El artículo 28 de la Ley 675 del 2001 dispone que la asamblea general, con el voto favorable de un número plural de propietarios que represente al menos el 70 % de los coeficientes de copropiedad del edificio o conjunto, podrá autorizar reformas al reglamento de propiedad horizontal relacionadas con modificación de los coeficientes de propiedad horizontal, entre otros eventos, cuando en su cálculo se haya incurrido en errores aritméticos o no se hayan tenido en cuenta los parámetros legales para su fijación.

 

Así las cosas, el interesado deberá realizar el reclamo ante la administración o ante el consejo de administración de la copropiedad. En todo caso, recordó la entidad, el contador o el revisor fiscal no asumen las tareas que le corresponden a la administración y órganos de la copropiedad.

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