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Anulan doctrina relacionada con el beneficio de progresividad en el pago del impuesto sobre la renta (2:14 p.m.)

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30 de Diciembre de 2019

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La Sección Cuarta del Consejo de Estado anuló algunos apartes del Oficio 36965 del 2015, proferido por la Dian, en los que se plantea que el “beneficio de progresividad” previsto en la Ley 1429 del 2010 es aplicable, exclusivamente, a la tarifa del impuesto sobre la renta. Para la Sala, y de acuerdo con su jurisprudencia, esos apartados violan las normas superiores en que debieron fundarse y, además, pretenden reproducir, por vía de doctrina administrativa, el contenido de una norma que fue expulsada del ordenamiento jurídico mediante una decisión judicial obligatoria (C. P. Julio Roberto Piza).

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