Anulan concepto de la DIAN sobre vigencia de la renovación de autorizaciones concedidas a funcionarios aduaneros (8:35 a.m.)
24 de Febrero de 2014
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Nota:
94903
Ante la ausencia de normas jurídicas que regulen la fijación del plazo o término de vigencia de la renovación de las inscripciones, autorizaciones o habilitaciones concedidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) a los usuarios y auxiliares de la función pública aduanera, el Consejo de Estado declaró la nulidad del Concepto 00059 del 23 de agosto del 2007, expedido por dicha entidad. El oficio acusado, al tratar el tema del tiempo o vigencia del término durante el cual se concede la mencionada renovación, lleva a producir efectos jurídicos sobre los administradores obligados a realizar tantas renovaciones como se requieran, dependiendo de los términos durante los cuales la DIAN la conceda, lo que le otorgó el carácter de acto administrativo sujeto a control de legalidad. La DIAN, precisó la sala, no tiene potestad alguna para fijar a su arbitrio el término de vigencia de esa renovación. En esta providencia, el alto tribunal precisó que los conceptos de la DIAN no son demandables ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo cuando solo manifiestan una opinión, pero sí cuando son actos administrativos que producen efectos jurídicos (C.P. María Elizabeth García González).
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