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Adoptan la nueva clasificación de actividades económicas para fines tributarios (9:28 a.m.)

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30 de Noviembre de 2012

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) adoptó la nueva clasificación de actividades económicas (CIIU) revisión 4 adaptada para Colombia, a la cual deberán sujetarse tanto los entes privados como los públicos para efectos de control, determinación de impuestos y demás obligaciones tributarias. La norma realizó la clasificación en 21 secciones y entra en vigencia el próximo 1º de diciembre. Además, deroga la Resolución 432 del 2008. La disposición señala que las personas naturales y jurídicas, obligadas a presentar la declaración de renta y complementarios e ingresos y patrimonio correspondientes al año gravable 2012, deben informar la actividad económica principal que le corresponda según la clasificación. Por último, advierte que todos los contribuyentes y usuarios aduaneros deben actualizar, a más tardar el 31 de enero de 2013, la información de actividades económicas en el RUT si la codificación cambia con respecto a la nomenclatura actual.

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