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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Tributario


Este sería el calendario tributario para el 2016

16 de Septiembre de 2015

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Nota:
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Mediante un proyecto de norma, la Dian planteó los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los impuestos nacionales en el 2016.

 

 

Según la propuesta publicada, el periodo para que los grandes contribuyentes presenten la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y cancelen el valor de la primera cuota iniciaría el 9 de febrero del 2016. Así mismo, como novedad, las fechas iniciarían según el último digito del NIT, pero en orden descendente, es decir, inician en 0 y terminan en 1.  (Lea: Inician vencimientos de la segunda cuota del impuesto a la riqueza)

De igual manera, propone las fechas para el impuesto sobre la renta para la equidad - Cree, así:

 

Declaración y pago primera cuota

 

Último dígito NIT

 

0       12 de abril

9       13 de abril

8       14 de abril

7       15 de abril

6       18 de abril

5       19 de abril

4       20 de abril

3       21 de abril

2       22 de abril

1       25 de abril

 

Así mismo, señala los que serían los plazos para el impuesto sobre las ventas (bimestral, cuatrimestral y anual), que iniciarían de la siguiente manera:

 

Bimestral

 

Último dígito NIT

 

0       3 de marzo

9       4 de marzo

8       7 de marzo

7       8 de marzo

6       9 de marzo

5       10 de marzo

4       11 de marzo

3       14 de marzo

2       15 de marzo

1       16 de marzo

 

Cuatrimestral y anual (Primer pago 30 %)

 

Último dígito NIT

 

0       11 de mayo

9       12 de mayo

8       13 de mayo

7       16 de mayo

6       17 de mayo

5       18 de mayo

4       19 de mayo

3       20 de mayo

2       23 de mayo

1       24 de mayo

 

Los responsables del impuesto nacional al consumo tendrían que presentar y pagar la declaración de manera bimestral. El primer vencimiento sería:

 

Enero - Febrero 2015

 

Último dígito NIT

 

0       3 de marzo

9       4 de marzo

8       7 de marzo

7       8 de marzo

6       9 de marzo

5       10 de marzo

4       11 de marzo

3       14 de marzo

2       15 de marzo

1       16 de marzo

 

El decreto entraría en vigencia el 1º de enero del 2016. La entidad recibirá comentarios sobre el proyecto de decreto hasta mañana 17 de septiembre, en el correo Subdir_recaudo_cobranzas@dian.gov.co.

 

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Proyecto de norma, sep/14/2015)

 

 

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