Dian establece política para iniciar procesos y actuaciones administrativas
11 de Abril de 2024
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) estableció la política para iniciar procesos y actuaciones administrativas a su cargo, así como para ejercer el deber de denuncia y el medio de control de reparación directa, de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 2195 del 2022.
En este sentido, la presente norma establece los criterios generales para la priorización:
i) Razones o justificaciones de tipo técnico o jurídico, se debe entender por justificación de tipo jurídico la jurisprudencia o doctrina oficial de la Dian, que avala el tratamiento fiscal dado por el contribuyente y que hace inocua la actuación de la fiscalización.
ii) Cargas de servicios, entendidas como la cantidad de trámites que tiene a su cargo una dependencia o un empleado público en una fecha determinada, que son verificables y que son de seguimiento y medición.
iii) Capacidad operativa, en aplicación de los principios de economía, eficacia y celeridad y del costo de oportunidad.
iv) Circunstancias que permitan identificar la improductividad de la acción de fiscalización en razón a la gestión del área.
v) Capacidad de disminuir la brecha de evasión fiscal.
Así mismo, la norma plantea que cuatrimestralmente la Dian o cualquier dependencia que la remplace en el organigrama de la entidad o que asuma sus funciones renovará o ratificará los lineamientos específicos que deben seguir los funcionarios de fiscalización, para priorizar los casos y los expedientes asignados.
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