Administración y mantenimiento de escenarios deportivos puede ejecutarse directamente o a través de entidades descentralizadas (3:32 p.m.)
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21 de Julio de 2010
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Los recursos que obtienen los municipios y distritos por concepto del impuesto nacional de espectáculos públicos, que corresponde al 10% del valor de la boleta o entrada al espectáculo, deben invertirse en la construcción, administración, mantenimiento y adecuación de los respectivos escenarios deportivos. Dicha labor puede ser ejecutada directamente por el ente territorial, a través de una dependencia que cumpla esta función, o por intermedio de una entidad descentralizada, como sería un establecimiento público creado para ese fin. Así lo recordó recientemente el Ministerio de Hacienda.
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