Una vez identificada la amenaza a un ciudadano, autoridades deben adoptar medidas adecuadas y suficientes para evitar el daño (8:00 a.m.)
22 de Mayo de 2014
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Nota:
96573
La solicitud de protección del derecho a la seguridad personal exige al peticionario probar, al menos de manera sumaria, los hechos que demuestren o permitan deducir su exposición a una amenaza. Por lo tanto, debe acreditar la naturaleza e intensidad de los hechos respecto de los cuales pide protección y que está en una situación de vulnerabilidad frente a la materialización del inicio del daño consumado, precisó la Corte Constitucional. Por su parte, las autoridades competentes deben identificar el tipo de amenaza y definir oportunamente las medidas y medios de protección específicos, adecuados y suficientes para evitar el daño, especialmente cuando se trata de personas que, por su actividad, están expuestas a un nivel de amenaza mayor, como sería el caso de los defensores de derechos humanos, altos funcionarios, periodistas, líderes sindicales, docentes en zonas de conflicto, minorías políticas o sociales, reinsertados y menores de edad, entre otros.
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