Superar el término para legalizar la captura no siempre vulnera garantías fundamentales (3:22 p.m.)
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13 de Diciembre de 2019
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia advirtió que si bien las audiencias de legalización de captura, formulación de imputación y solicitud de medida de aseguramiento deben llevarse a cabo dentro del plazo 36 horas, existen eventos en los que pueden configurarse circunstancias ajenas a la administración de justicia que justifican un término adicional. Para la Sala, la complejidad del caso (número de capturados, número de defensores, cantidad de delitos, naturaleza de estos, entre otros) pueden imposibilitar el agotamiento de las tres actuaciones dentro del señalado plazo, por lo que por esas circunstancias el término se puede prolongar. Así las cosas, no siempre que se excede ese lapso se vulneran las garantías fundamentales de un procesado (M. P. Eugenio Fernández).
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