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Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Si no se prueba dolo en decisión ilegal del funcionario, no hay prevaricato (10:03 a.m.)

25 de Agosto de 2015

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Nota:
103493
La Corte Suprema de Justicia indicó que una determinación contraria al ordenamiento legal no es suficiente para juzgarla de prevaricadora. Además de desconocer mandatos legales, esta debe ser producto del dolo, que comporte una contrariedad “perversa, malsana, alimentada por el deseo y la voluntad de persistir en el desacierto porque lo que se quiere es obrar corruptamente”, dijo. En el caso concreto, la Sala determinó que si bien la juez procesada erró al interpretar desacertadamente las condiciones de eligibilidad que el artículo 3° del Acuerdo PSAA063560 del 2006 del Consejo Superior de la Judicatura establecía para ocupar el cargo de escribiente, ello no se ajusta a una conducta delictiva. Lo anterior porque si bien era su deber informarse mejor al respecto, se trata de una conducta omisiva producto de la culpa y no del dolo (M. P. Eugenio Fernández Carlier).

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