Reiteran posibilidad de analizar hechos sobre investigación penal en proceso civil (10:28 a.m.)
24 de Diciembre de 2013
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Nota:
93684
La Sala Civil de la Corte Suprema reiteró la posibilidad de analizar hechos de la investigación penal en el proceso civil, por ejemplo, cuando no se profiere condena por el delito pero sí se omitieron los requisitos de validez del acto jurídico, lo que generará su nulidad absoluta. Además, indicó que si bien las medidas adoptadas en el proceso penal inciden como cosa juzgada en el civil que trate temas contractuales, el juez de esta última especialidad deberá pronunciarse sobre las materias de la controversia que pueda conocer oficiosamente o sean planteadas en las pretensiones y no fueron solucionadas por el penal, con el fin de garantizar el acceso a la administración de justicia. En el caso analizado, la corporación estableció que como el convenio impugnado fue celebrado entre dos sociedades comerciales, el litigio debía resolverse bajo el Código de Comercio. El magistrado Ariel Salazar salvó el voto, al considerar que el asunto estudiado no versó sobre un acto de comercio ni la condición de comerciante, por eso, no debía aplicarse la ley mercantil (M. P. Ruth Marina Díaz).
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