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05 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 22 horas | ISSN: 2805-6396

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Penal


Unidad de conducta en asesoramiento ilegal no impide configuración de concurso

29 de Agosto de 2014

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20149
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No es viable aducir unidad de conducta cuando el delito de asesoramiento ilegal se configura por la comisión plural de actos de gestión judicial con identidad entre el sujeto activo, el sujeto pasivo y un único asesorado.

 

En consecuencia, no existe violación directa por aplicación indebida del artículo 31 del Código Penal (Ley 599 del 2000), que prevé las reglas para el concurso de delitos, cuando, en estos eventos, la autoridad judicial da por estructurado un concurso homogéneo, sostuvo la Corte Suprema de Justicia.

 

La corporación recordó que si un servidor público realiza actos de asesoría que le están prohibidos, materializa el delito de asesoramiento y otras actuaciones punibles, contemplado en el artículo 421 de la Ley 599, que sanciona la representación ilegal, la gestión y las asesorías en asuntos judiciales, administrativas o policivas, que son susceptibles de configurar un concurso homogéneo de conductas típicas, si el actuar del servidor infringe varias veces el tipo penal.

 

En ese marco, para determinar la existencia de un concurso sobre el mismo delito, debe comprobarse si los actos de asesoría ilegal estaban ligados entre ellos o, por el contrario, surgieron de solicitudes independientes de personas interesadas en asuntos diversos con pagos derivados de la naturaleza del asesoramiento exigido, en donde, si bien coinciden el tipo de delincuencia y la persona encargada de ejecutarla, hasta allí llega la identidad.

 

En el primer evento, para la Corte resulta acertado afirmar la configuración de un delito unitario, pues aunque exista una pluralidad de comportamientos e identidad del tipo penal afectado, se lleva a cabo la ejecución de una exclusiva conducta típica, sin importar el tiempo de duración, el lugar o lugares donde se ejecute o que en pleno desarrollo se sumen más partícipes.

 

Sin embargo, frente a la multiplicidad de actos realizados consistentes en asesorar diversas clases de asuntos, lo que se consolida es un concurso delictual con circunstancias de tiempo, modo y lugar independientes capaces de influir en la dosificación punitiva de la sanción impuesta al procesado.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-10693 (40933), ago. 13/14, M. P. Gustavo Enrique Malo)

 

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