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Penal


Si condenado es insolvente, libertad condicional no puede negarse por falta de pago de multa

Jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad deben tener en cuenta la Sentencia C-185 del 2011.
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05 de Septiembre de 2012

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La Sentencia C-185 del 2011, que condicionó la exequibilidad del numeral 4° del artículo 50 de la Ley 1142 del 2007, advirtiendo que la vigilancia electrónica no puede negarse cuando el condenado pruebe su incapacidad económica para pagar la multa, debe aplicarse al beneficio de libertad condicional.

 

En una fallo reciente, la Corte Constitucional les llamó la atención a los jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad, para que tengan en cuenta esa decisión en cada caso.

 

Aunque la Sentencia C-185 advirtió que no se aplicaría frente al otorgamiento de otros subrogados penales, el alto tribunal aclaró que los nuevos criterios introducidos en ella deben incidir en las actuaciones de los juzgadores.

 

Los magistrados Nilson Pinilla y Jorge Pretelt aclararon el voto.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-309, abr. 24/12, M. P. Jorge Iván Palacio)

 

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