Penal
Sancionan reforma a la Ley de Justicia y Paz
Las personas que se desmovilizaron antes de entrar en vigencia la reforma tienen hasta el próximo 31 de diciembre para postularse a sus beneficios.04 de Diciembre de 2012
Las personas que se desmovilizaron de grupos armados ilegales antes de entrar en vigencia la reforma a la Ley 975 del 2005 (Ley de Justicia y Paz) sancionada ayer por el Presidente de la República tienen hasta el próximo 31 de diciembre para postularse a sus beneficios.
Así lo establece la Ley 1592, que busca agilizar los procesos que se adelantan bajo este esquema. De acuerdo con esta norma, los nuevos desmovilizados tendrán un año para solicitar su postulación.
La nueva ley transforma el incidente de reparación integral en un incidente de identificación de las afectaciones causadas a las víctimas con la conducta criminal, que no podrá extenderse por más de 20 días hábiles.
Además, si el postulado decide retirarse del proceso de justicia y paz, podrá presentar su solicitud ante el fiscal o el magistrado del caso en cualquier momento del proceso, incluso antes del inicio de la diligencia de versión libre.
Frente a los procesos de investigación, establece que se surtirá conforme a los criterios de priorización que determine el Fiscal General de la Nación. En todo caso, se garantizará el derecho de defensa de los procesados y la participación efectiva de las víctimas.
Finalmente, se unifica el sistema que venía funcionando a través del incidente de reparación integral con el sistema de reparación administrativa que se consagró en la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448 del 2011).
De esta forma, durante el trámite del incidente que se surtirá para la restitución de bienes despojados o abandonados forzosamente, se podrán aplicar las presunciones de despojo previstas en el artículo 77 de la Ley 1448, aunque los predios no estén inscritos en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente.
(Ley 1592, dic. 3/12)
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