Penal
Retractación de las estipulaciones probatorias sí es posible cuando sea de común acuerdo
Únicamente sería viable el desistimiento si es de común acuerdo entre quienes suscribieron las estipulaciones, pues solo de ese modo se garantiza el equilibrio entre las partes.Openx [71](300x120)

23 de Septiembre de 2016
Según el criterio actual de la Corte Suprema de Justicia, no es posible que las partes puedan retractarse de manera unilateral de las estipulaciones probatorias fijadas en el trascurso del juicio.
Esta posición ha sido, incluso, reiterada en las últimas providencias de la corporación, “toda vez que ello entrañaría un acto de deslealtad respecto del otro sujeto procesal, quien se abstuvo de solicitar pruebas sobre los hechos estipulados, lo cual, además, modificaría las condiciones del juicio”, sostiene la línea jurisprudencial que se ha trazado en razón a este tema.
En efecto, un auto reciente de la Sala Penal precisó que únicamente sería viable el desistimiento si es de común acuerdo entre quienes suscribieron las estipulaciones, pues solo de ese modo se garantiza el equilibrio entre las partes, “las cuales, si se da el evento señalado, se someten al resultado del proceso con base en las pruebas que cada quien solicitó dentro del marco de la teoría del caso que quiere sacar avante”.
Esto concluyó el alto tribunal al resolver el recurso de apelación interpuesto dentro de una investigación adelantada en contra de un ciudadano, a quien miembros de la Infantería de Marina le hallaron 8900 plantas de coca (M.P. Luis Guillermo Salazar).
CSJ Sala Penal, Auto AP-55892016 (44106), 24/08/16
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