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Penal


Prescripción se calcula con base en el delito por el que se condena

Si hay variación en la calificación de la conducta punible, la prevista en la resolución de acusación no se tiene en cuenta.

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24 de Enero de 2012

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La calificación de la conducta punible consignada en la sentencia, y no la sumarial descrita en la resolución de acusación, es la que debe tenerse en cuenta para calcular la prescripción de la acción penal.

 

Así lo señaló la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al recordar que la prescripción se determina con base en el delito por el que se condena, aunque, inicialmente, la conducta se haya calificado de otra forma.

 

En sentencia del pasado 9 de agosto, dada a conocer recientemente, la Sala explicó que el sistema prescriptivo está determinado por la identificación jurídica del hecho punible, pues esta refiere a la duración de la pena, de la que se desprende el término de prescripción.

 

Admitir lo contrario significaría darle prevalencia a las formas sobre lo sustancial, e incluso patrocinaría la deslealtad procesal, advirtió la Corte.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Auto 37082, ago. 9/11, C. P. Fernando Alberto Castro Caballero)

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