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Penal


Pago integral a las víctimas del paramilitarismo puede resultar pernicioso: Sala Penal

Según el fallo, los dineros destinados a satisfacer la reparación contemplada en la Ley 975 del 2005 son escasos e insuficientes.

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28 de Octubre de 2015

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La Corte Suprema de Justicia advirtió que los dineros o bienes destinados a satisfacer la reparación contemplada en la Ley 975 del 2005 son escasos e insuficientes de cara a lo que se estima contemplará a futuro la definición judicial de los daños causados a todas las víctimas, pues lo efectivamente incautado o entregado por los desmovilizados resulta ínfimo frente a tan alto cometido. (Lea: ¿Víctimas a la deriva?)

 

En ese orden, afirmó que ordenar una reparación total puede tener un efecto pernicioso, al punto de agotar por completo los fondos recaudados para la indemnización, y reconoció, además, la existencia de una evidente tensión entre los derechos de las víctimas y la sostenibilidad de los medios creados para satisfacer sus necesidades de reparación.

 

La búsqueda del balance de estos derechos ha llevado a hacer uso de la reparación administrativa, explicó, que si bien no representa el medio eficaz para atender en su totalidad las pretensiones reparatorias de las víctimas, sí ayuda en gran medida a paliar sus necesidades y a la vez evita, dentro de los principios de solidaridad y sostenibilidad fiscal, que los dineros se agoten. (Lea: Víctimas de violaciones a derechos humanos no están exentas de probar perjuicios)

 

(Corte Suprema de Justicia Sala Penal, Sentencia SP-13669 (46084), oct. 7/2015, M.P. Gustavo Enrique Malo)

 

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