No se configura ira o intenso dolor cuando agente desvirtúa actuación que lo condujo a realizar el delito (3:25 p.m.)
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09 de Julio de 2019
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Cuando el agente con su propio relato desvirtúa la presencia de un comportamiento grave o injusto que lo condujo a realizar la conducta punible no se configura ira o intenso dolor, precisó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. En tal sentido y con base en el artículo 57 del Código Penal (Ley 599 del 2000), aseguró que la ira e intenso dolor es una figura que mitiga la sanción punitiva referida esencialmente a delitos que atentan contra la vida y la integridad personal y agregó que este hecho se lleva a cabo en un estado de emoción violenta provocada por la conducta de la víctima. Así las cosas, lo anterior obedece a una condición subjetiva emocional que consecuentemente da lugar a una responsabilidad penal atenuada. En la providencia adjunta encontrará otras precisiones de esta figura (M.P. Luis Guillermo Salazar Otero)
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