Penal
Minjusticia articula medidas de leyes de Justicia y Paz y de Víctimas
El Decreto 3011 del 2013 organiza el alistamiento, recepción, transferencia y administración de bienes entre las autoridades encargadas de la ejecución de estas normas.Openx [71](300x120)
03 de Enero de 2014
Teniendo en cuenta que, en desarrollo de las leyes de Justicia y Paz (Ley 975 del 2005) y de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448 del 2011), el Gobierno ha proferido una serie de disposiciones, el Ministerio de Justicia expidió el Decreto 3011, para reglamentar aspectos de la reforma a la Ley de Justicia y Paz (Ley 1592 del 2012) y articular dichas medidas.
Inicialmente, la disposición establece un marco general para el proceso penal especial de Justicia y Paz. Así mismo, contiene un conjunto de normas jurídicas destinadas a organizar el sistema de alistamiento, recepción, transferencia y administración de bienes entre las autoridades encargadas de la ejecución de las leyes 1448 del 2011 y 975 del 2005.
Además, la norma, que consta de 99 artículos, indica que el procedimiento especial de Justicia y Paz se divide en dos etapas: administrativa y judicial.
“La etapa administrativa inicia con la solicitud de postulación por parte del desmovilizado y culmina con la presentación del Gobierno Nacional de las listas de postulados a la Fiscalía General de la Nación. Una vez recibidas dichas listas por parte de la Fiscalía General de la Nación, inicia la etapa judicial”, precisa la norma.
También regula aspectos como la aplicación de las causales de terminación del proceso penal y la evaluación del cumplimiento de requisitos para la sustitución de la medida de aseguramiento.
En el título III hace referencia a la reparación integral, donde explica que las víctimas que participen en el proceso de Justicia y Paz podrán solicitar su inclusión en el Registro Único de Víctimas, de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley 1448 y sus decretos reglamentarios.
De igual manera, en el Título V establece la coordinación interinstitucional en materia de justicia transicional.
Por último, deroga todas las disposiciones que les sean contrarias, en particular los decretos 4760 del 2005; 2898, 3391 y 4417 del 2006; 423, 551 y 3460 del 2007; 176, 880 y 1364 del 2008; 614 del 2009 y 299 del 2010.
(Minjusticia, Decreto 3011, diciembre/26/2013)
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