Penal
Mindefensa debe impedir que terceros conozcan antecedentes, si pena está cumplida o prescrita
Los principios que rigen el hábeas data en el ámbito financiero son aplicables a todas las bases de datos personales.Openx [71](300x120)
28 de Junio de 2012
La Corte Constitucional tuteló el derecho al hábeas data de algunas personas afectadas por el Ministerio de Defensa, porque este permitió que terceros no autorizados conocieran sus antecedentes penales.
A través de un comunicado de prensa, la corporación afirmó que si bien el hábeas data no tiene una regulación específica, los principios que lo rigen en el ámbito financiero son aplicables a todas las bases de datos personales.
Según el alto tribunal, el Mindefensa violó los principios de finalidad, necesidad, utilidad y circulación restringida de la información personal, y los derechos al trabajo y a la supresión relativa de los datos negativos de los accionantes.
La entidad, como administradora responsable de las bases de datos de antecedentes penales, deberá evitar que los particulares infieran su existencia, cuando las personas hayan cumplido la pena o esta se encuentre prescrita¸ advirtió la Corte.
Además, la leyenda “no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales” deberá registrarse en la constancia escrita o electrónica de los antecedentes, teniendo en cuenta que el certificado judicial fue eliminado.
Por otra parte, la Corte exhortó a la Procuraduría General de la Nación, a la Defensoría del Pueblo y al Congreso para que presenten un proyecto de ley estatutaria que contenga el régimen aplicable a la materia.
Salvamentos
Los magistrados Jorge Pretelt y Nilson Pinilla salvaron el voto. Según Pretelt, la corporación debió ponderar el derecho al trabajo de los accionantes con el derecho de todos a acceder a la información actual y oportuna.
El magistrado Gabriel Eduardo Mendoza, por su parte, aclaró que cuando exista interés legítimo en obtener la información, esta debe ser suministrada.
(Corte Constitucional, Sentencia SU-458, jun. 21/12, M. P. Adriana Guillén)
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