Las reconsultas obligan al médico a actuar con más diligencia para determinar el diagnóstico y el tratamiento
14 de Junio de 2024

Cuando un paciente asiste a una reconsulta médica, habida cuenta de que sus síntomas de la consulta inicial no mejoraron y, por el contrario, su salud empeora, el profesional de la medicina está obligado a adelantar una labor más exhaustiva, a efectos de determinar con mayor rigor por qué el tratamiento inicial no ha traído consecuencias positivas y las razones por las cuales la salud del paciente continúa en deterioro.
En ese sentido, la lex artis obliga al galeno a adelantar diferentes actividades, como mantener al paciente en observación, ordenar exámenes complementarios y revisar la historia clínica, con el propósito de llegar a un diagnóstico verificable.
Así lo señaló la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, al no casar una sentencia que condenó a un médico pediatra como responsable del homicidio culposo de una menor de 11 años.
De acuerdo con el relato del alto tribunal, los padres la niña acudieron a urgencias con la menor, quien presentaba un cuadro gastrointestinal y diarreico. En esa primera ocasión, se ordenó un tratamiento en casa, bajo una prescripción médica. No obstante, al ver que los síntomas empeoraban, dos días después, nuevamente la menor es llevada a urgencias. En esta ocasión, y según obra en el expediente, el médico acusado la atendió en un lapso “que no superó los 10 minutos”, le dio un nuevo tratamiento y fue enviada a la casa. Horas más tarde, la menor es hospitalizada con dificultad respiratoria, seguida de una serie de complicaciones que terminaron con su vida un par de días después.
Según la alta corporación, la persistencia de los síntomas indicados, durante tantos días, exigía del galeno (desde la óptica de la lex artis), actuar con la precaución debida y, ante lo inespecífico del mal que aquejaba a la menor, debió mantenerla en observación y ordenar exámenes complementarios, con el propósito de llegar a un diagnóstico verificable.
Posición de garante
En relación con la estructuración de conductas punibles imprudentes en el ejercicio de la profesión médica, la Corte recordó que, una vez determinado el hecho, es imprescindible confrontar si por causa del agente se creó o incrementó el riesgo jurídicamente desaprobado y ello generó el resultado. (Lea Precisan la indebida valoración probatoria en caso de responsabilidad médica)
Por ello, al tratarse la medicina de una ciencia inexacta, cuando se atiende al paciente, el profesional debe recurrir a varias de las opciones que la lex artis le ofrece, con el propósito de brindar una mejor atención al enfermo, dado que de él se espera –por su posición de garante– poner al servicio del paciente todos los conocimientos que atiendan la acción de salvamento emprendida.
Y, más aún, cuando se trata de una reconsulta, lo que genera mayor atención en el tratamiento y en la salud del paciente.
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