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La resolución de acusación no debe responder de forma pormenorizada a los argumentos de las partes (9:55 a.m.)

78042

03 de Enero de 2012

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La adecuada calificación del mérito del sumario no depende del estricto cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales exigidos por el legislador, sino de una justificación mínima relacionada con la existencia de una imputación fáctica, una jurídica y una valoración de la prueba. Por esta razón, la Corte Suprema de Justicia concluyó que la resolución de acusación no debe responder en forma pormenorizada a los argumentos de las partes. Según la Sala Penal, en el caso del delito imprudente lo relevante es establecer la violación a un deber objetivo de cuidado. Por tanto, la imputación al tipo subjetivo será trascendente, si las circunstancias particulares del caso lo exigen (M.P. Julio Enrique Socha Salamanca).

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