La inspección de paquetes enviados al exterior no viola el derecho a la intimidad (12:40 p.m.)
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20 de Septiembre de 2011
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El envío al exterior de bienes materiales a través de una empresa de transporte no es una correspondencia o comunicación privada, por ende, su inspección no vulnera el derecho a la intimidad del remitente, afirmó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. La corporación indicó que a pesar de que el derecho a la intimidad se concreta en la inviolabilidad de la correspondencia, esto no aplica cuando se trata del envío de paquetes al extranjero, pues aquí hay un contrato que permite a la empresa revisar los objetos en cualquier momento. En el caso concreto, la Corte estableció la legalidad de la inspección que realizó un policía en el aeropuerto El Dorado a unas cajas contentivas de unos computadores que en su interior llevaban cocaína y que iban a enviarse a EE UU. Debido a esto, se condenó a la remitente por el delito de tráfico de estupefacientes (M.P. Augusto Ibáñez).
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