Juez que aprueba preacuerdo puede ajustar fijación de pena si partes cometen error de cálculo
02 de Abril de 2024
Aunque la regla general es que los preacuerdos son vinculantes para el juzgador, salvo que se desconozcan o quebranten las garantías fundamentales, de ninguna manera surge un “derecho” para las partes a que se respeten los descuentos o rebajas compensatorias cuando parten de límites punitivos (mínimos o máximos) ilegales no contemplados en la ley o que no resultan aplicables al caso concreto.
La Sala Penal de la Corte Suprema explicó que una limitante para realizar el ajuste a la legalidad de la pena se presenta cuando el procesado impugna el fallo como recurrente único, puesto que opera la prohibición de reforma peyorativa constitucional.
Pero si el único recurrente contra la sentencia condenatoria es el procurador judicial, en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, y sin ninguna de las partes se pronunció durante el traslado previsto para los no recurrentes, la modificación solicitada es legalmente procedente si el juez evidencia un error que deba ser corregido (M. P.: Gerardo Barbosa Castillo).
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