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Penal


Hacer uso de un derecho conferido por la ley no configura fraude procesal

La presentación de solicitudes no evidencia un malintencionado propósito de engañar a las autoridades cuando se hace uso de un derecho reconocido.

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18 de Julio de 2017

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia casó la sentencia condenatoria por el delito de fraude procesal proferida en contra de una mujer acusada de intentar engañar a la División de Prestaciones Sociales del Ministerio de Defensa Nacional para obtener el reconocimiento, en favor de su hija, del 25 % de las prestaciones sociales causadas por su cónyuge y dejado a salvo, a través de resolución, mientras se aportaba la sentencia de filiación de una menor presuntamente hija del fallecido.

 

En efecto, la sentencia derruida por la corporación basó la decisión condenatoria en las manifestaciones calificadas como fraudulentas, referidas a que en dos años no se había producido notificación a su hija de la demanda de filiación, aun cuando se comprobó que sí tenía conocimiento de su existencia. (Lea: Prohíben a jueza dar clases por presunta falsificación de títulos de abogados)

 

Para la corporación, solicitar la adjudicación una vez vencido el plazo establecido en el inciso tercero del artículo 10 de la Ley 75 de 1968 no comporta lo descrito en el artículo 453 del Código Penal, vigente al momento de los hechos, así la procesada haya conocido el estado del proceso civil del que dependía la decisión administrativa.

 

Además, porque en la resolución que dejó a salvo el porcentaje objeto de controversia se facultó a la encartada expresamente a elevar la petición de adjudicación una vez transcurrido el plazo. (Lea: Mentir bajo la gravedad de juramento ejerciendo el derecho a la defensa no tiene consecuencias penales)

 

Con todo, el alto tribunal concluyó que la sola presentación de las solicitudes no evidencia un malintencionado propósito de engañar a las autoridades para obtener un indebido beneficio, pues la procesada simplemente hacía uso de un derecho en favor de su descendiente reconocido por las autoridades públicas y la ley (M. P. Luis Antonio Hernández).

 

Corte Suprema de Justicia Sala Penal, Sentencia SP-80532017 (50139), 06/07/2017

 

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