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28 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 16 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Fiscalía amplía periodo de medidas de prevención para sus servidores

03 de Junio de 2020

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Mediante las circulares 09 y 10 del 2020, la Fiscalía General de la Nación emitió instrucciones para atender las medidas de emergencia sanitaria con el fin de contener la infección de coronavirus (covid-19) en la entidad.

 

Las medidas fueron ampliadas conforme con la declaratoria de aislamiento obligatorio decretado por el Gobierno Nacional para el periodo comprendido entre el 25 de marzo y el 31 de mayo del 2020.

 

En tal sentido, y por medio de la Circular Interna 0019, la Fiscalía amplió nuevamente las medidas de emergencia sanitaria, de acuerdo con el artículo 1º del Decreto 749 del 2020. Así las cosas, ordenó ampliar la vigencia de las disposiciones indicadas en las circulares hasta el día 30 de junio del 2020 a las 11:59 p. m.

 

También reiteró que cuando las necesidades del servicio así lo requieran, los servidores asistirán a sus lugares de trabajo con el fin de cumplir con las misiones, actividades o funciones encomendadas por sus superiores jerárquicos, propendiendo siempre por la importancia del autocuidado.

 

Fiscal especializado

 

Por otra parte, se debe recordar que el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa, anunció que dispuso de un fiscal especializado que coordinará las investigaciones relacionadas con el posible incumplimiento y desatención de todas las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno Nacional y las autoridades de salud.

 

De este modo, el equipo de fiscales seccionales a nivel nacional asumirá en su jurisdicción las indagaciones por los hechos detectados en sus regiones, con el acompañamiento permanente de un fiscal coordinador, quien tendrá el apoyo técnico de médicos y de policía judicial. 

 

Es importante destacar que quien incumpla los protocolos de salud para contrarrestar la propagación del covid-19 en el país incurrirá, según el ente investigador y reconocidos penalistas, en los delitos de violación de medidas sanitarias (artículo 368) y propagación de epidemia (artículo 369), contemplados en el Código Penal.

 

Fiscalía General de la Nación, Circular Interna 0019, mayo 29/20.

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