A exministro Sabas Pretelt le violaron el debido proceso: magistrado Jorge Pretelt (8:50 a. m.)
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25 de Mayo de 2015
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El jurista se opuso a que la Corte Constitucional rechazara la tutela por medio de la cual el exfuncionario pretendía que se anulara el proceso penal seguido en su contra por la denominada “yidispolítica”. Tras aclarar que no tiene ningún parentesco con el tutelante que le impidiera pronunciarse en este caso, el magistrado Jorge Ignacio Pretelt salvó el voto, por considerar que en el caso del exministro del Interior y de Justicia se desconoció el principio de no retroactividad de las leyes penales. Precisó que al actor se le aplicó una regla que entró en vigencia cuando la investigación penal que se seguía en su contra ya estaba en curso, pues la delegación que hizo el Fiscal General fue posible gracias al Acto Legislativo 06 del 2011, ya iniciado el plazo para la calificación de mérito. Además de desconocerse el artículo 29 de la Constitución, según Pretelt, se ignoró el artículo 40 de la Ley 153 de 1887, que prohíbe que se dé aplicabilidad a nuevas reglas cuando ya hayan empezado a correr los términos de determinada actuación judicial. Además, dijo, la sentencia no se ocupó de los aspectos a los que se refirió el tutelante. Sin embargo, para la mayoría de la Sala, quienes conocieron de la acción de amparo debieron rechazarla por improcedente, ya que esta no reunía los requisitos para activar el examen a la supuesta violación de derechos fundamentales. La tesis vencedora indica que si bien Sabas Pretelt expresó reparos concretos frente a la delegación que en este proceso efectuó el Fiscal General de la Nación, no acreditó que los hubiera formulado dentro de la actuación que se le adelantaba, dentro de los términos del artículo 400 de Ley 600 del 2000 (M. P. Luis Guillermo Guerrero).
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