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Derecho a no incriminar a familiares no es excepción para la admisión de la prueba de referencia (8:00 a.m.)

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06 de Abril de 2010

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El derecho constitucional que faculta a las personas a no declarar contra sí mismo ni contra familiares cercanos no es una excepción que permita admitir las pruebas de referencia en los juicios del sistema acusatorio, sentenció la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Así, cuando los familiares del procesado lo han incriminado en las entrevistas hechas durante la etapa de la investigación, pero luego se retractan de declarar en el juicio oral, la fiscalía no puede incorporar las entrevistas por medio del testimonio de los funcionarios que recaudaron las declaraciones, precisó la corporación (M. P. Sigifredo Espinosa).

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