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Delito de soborno es de mera conducta y se actualiza con el simple ofrecimiento o entrega de la prestación (4:09 p.m.)

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25 de Mayo de 2016

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Sobre el delito de soborno se ha sostenido que no se requiere que el testigo acceda a las pretensiones del agente, esto es, que se abstenga de declarar o que declare falaz o parcialmente, porque el delito es de mera conducta y se actualiza con el simple ofrecimiento o entrega de la prestación. Así lo precisó recientemente un informe de relatoría de un auto interlocutorio de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, luego de estudiar esta conducta antijurídica e identificar las diferencias con el delito de falsa acusación. Según el concepto del magistrado Eugenio Fernández, dicha conducta encierra la entrega o promesa de dinero o cualquier otra utilidad a un testigo para que falte a la verdad o la calle total o parcialmente en su testimonio, es decir, que  esta situación tiene como objeto instigar o excitar al testigo para que rinda testimonio falso, “propósito que para el perfeccionamiento no es necesario alcanzar, pues solo se requiere la oferta o promesa así no sean aceptadas, y que a su vez no excluye la posibilidad de que el sobornante persiga otros fines”. Es necesario mencionar que el punible de soborno en la actuación penal es definido en el artículo 444A de la Ley 599 del 2000, adicionado por el canon 10 de la Ley 890 del 2004 (M.P. Eugenio Fernández).

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