Declaratoria de nulidad se rige, entre otros, por el principio de trascendencia (2:40 p.m.)
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12 de Marzo de 2020
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Al resolver un recurso de casación, dentro de un proceso donde fue condenado un alcalde por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos y peculado culposo, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia expuso que la declaratoria de nulidad se rige, entre otros, por el principio de trascendencia. Según la providencia, y acorde con este principio, no basta la presencia de la incorrección, sino, por el contrario, es necesario acreditar que materialmente derivó efectos adversos al procesado. De igual forma, explicó que el delito de contrato sin los requisitos legales corresponde a un tipo penal en blanco. Conozca otras precisiones sobre el tema en el documento adjunto (M. P. Luis Antonio Hernández Barbosa).
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