¿Cuáles son los reproches que se pueden presentar en un recurso de casación?
La Sala Penal explicó que no puede tenerse como sustentación adecuada del recurso de casación una disertación que tergiverse los datos a partir de los cuales se hizo la inferencia.
22 de Agosto de 2018
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia precisó que cuando el fallador estructura la argumentación que le sirve de soporte a la condena a partir de máximas de la experiencia el reproche en casación puede orientarse a cuestionar:
i. Errores de hecho o de derecho en la determinación de los hechos indicadores
ii. La falta de universalidad de los enunciados generales y abstractos utilizados como máximas de la experiencia, entre otros.
Además de ello, la Corporación explicó que si el fallo se estructura sobre la idea de datos que por su convergencia y concordancia permiten alcanzar el nivel de conocimiento exigido para la condena, la censura puede orientarse a errores de hecho o de derecho en la determinación de los hechos indicadores. (Lea: Conozca los aspectos que debe demostrar quien invoca una causal de nulidad en un trámite penal)
También en la falta de convergencia y/o concordancia de los mismos, y la posibilidad de estructurar a partir de esos datos hipótesis alternativas a la de la acusación, verdaderamente plausibles y que, por tanto, puedan generar duda razonable. (Lea: ¿Qué pasa si prescribe la acción penal antes de proferirse el fallo?)
Sumado a ello, y frente a este último tipo de argumentos, la Sala advirtió que no puede tenerse como sustentación adecuada del recurso de casación una disertación que:
i. Analice aisladamente los datos a partir de los cuales se hace la inferencia con el propósito de demostrar la inexistencia de la experiencia que garantice el paso de cada dato (mirado de forma insular) a la conclusión
ii. Tergiverse los datos a partir de los cuales se hizo la inferencia
iii. Analice en su conjunto los datos pero suprima uno o varios, principalmente cuando se dejan por fuera los que más fuerza le imprimen a la conclusión
iv. Incluya datos que no fueron demostrados (M. P. José Luis Barceló Camacho).
Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-2062018 (47720), Feb. 14/18
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