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Penal


Corte Suprema precisa límites temporales para investigar delitos cometidos en “chuzadas” del DAS

Los términos prescriptivos para adelantar la actuación deben ser iguales a la pena más alta por imponer.

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17 de Octubre de 2013

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Al declarar la prescripción para investigar algunas de las conductas probablemente desplegadas por el exdirector del DAS Jorge Noguera en el escándalo de las “chuzadas”, la Corte Suprema de Justicia señaló que el límite temporal para ejercer la acción penal contra los funcionarios que hayan cometido interceptación ilícita de comunicaciones es hasta de seis años y ocho meses.

 

El cálculo tiene en cuenta el aumento de la tercera parte de la pena que prevé el artículo 83 del Código Penal (Ley 599 del 2000) para los funcionarios que incurran en delitos o sean partícipes de ellos, precisó la Sala Penal.

 

Esa disposición señala que los términos prescriptivos para adelantar la actuación deben ser iguales a la pena más alta por imponer, que, para el caso de esta conducta, es de cinco años y cuatro meses de prisión, explicó.

 

Así, quien incurra en violación ilícita de comunicaciones pagará entre uno y tres años de prisión, pena que será aumentada en dos años y cuatro meses más, si la información obtenida mediante la actuación ilegal es revelada, como aparentemente sucedió durante el escándalo de las “chuzadas”.

 

En el caso analizado, la Sala concluyó que al sumar las sanciones establecidas con las circunstancias de agravación, el plazo para investigar la presunta violación ilícita de comunicaciones venció el 12 de junio del 2012, es decir, poco más de un mes antes de que la Fiscalía calificara el mérito.

 

Sin embargo, la corporación le dio su visto bueno a la continuación del proceso por concierto para delinquir y abuso de confianza adelantado contra Noguera por presuntos seguimientos ilegales que se habrían dado en territorio extranjero en el 2004, pues, en esos hechos, no se ha configurado el fenómeno prescriptivo.

 

La Corte también le solicitó a la Fiscalía investigar la presunta responsabilidad del exdirector del DAS en probables torturas y amenazas contra de periodistas y líderes sociales.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Auto 39931, oct. 8/13, M. P. Luis Guillermo Salazar)

 

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